La ordenanza de la pirotecnia cero fue aprobada por unanimidad. Entrará en vigencia 30 días después de ser promulgada. En tanto, se sancionó un proyecto para regular el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias en la vía pública a través de un registro de repartidores.

El Concejo Deliberante sesionó por última vez en el año.

Este jueves el Concejo Deliberante aprobó el proyecto de pirotecnia cero, impulsado por los múltiples efectos negativos que produce en personas con enfermedades cardíacas, con síndrome de down, asperger, autismo, alzheimer y con discapacidades cognitivas o neurológicas, así también como a niños, bebes y animales.

En los últimos años se han realizado múltiples iniciativas al respecto teniendo a “más luces, menos ruido” como la campaña más reconocida.

Con esta ordenanza, que entrará en vigencia 30 días después que el Ejecutivo municipal la promulgue, prohíbe el uso de pirotecnia de alto impacto sonoro como el mortero, mortero con bomba, bomba, fogueta y batería. El incumplimiento de esta ordenanza se pagará con una multa de entre 30 a 100 módulos, es decir, hasta casi un millón de pesos.

Así mismo, la venta a menos de 16 años de artículos y artificios de pirotecnia queda prohibida junto a la prohibición de los artículos no aprobados por ANMAC. Los comercios dedicados a la venta de pirotecnia deberán exhibir en lugares visibles el cartel con los alcances de la ordenanza.

Se comunicará a través de redes sociales, diarios y diversos medios de comunicación que se consideren convenientes, consejos sobre el uso responsable de pirotecnia alentando la compra y utilización de productos autorizados por ANMAC.

Regulación del delivery

Junto a la ordenanza de la pirotecnia cero, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto para regular la situación de los repartidores de comida rápida por medio de mensajería urbana. Esta iniciativa motiva a generar una regulación que sume a la política de Seguridad Vial del Municipio de La Ciudad de La Plata así como ordenar las implicancias del servicio de Mensajería Urbana y/o reparto a domicilio de alimentos – Delivery.

Se busca tener un registro único de los repartidores, operadores de plataformas digitales y prestadoras de servicios de esta índole. Se deberá solicitar la inscripción en el registro como condición previa para el desarrollo de esta actividad de reparto.

Los repartidores y/o mensajeros habilitados deberán cumplir ciertos requisitos para inscribirse en el registro como: la presentación de la documentación emitida por el Operador de Plataforma Digital o el Prestador de Servicio donde figure el número identificatorio otorgado, tener un domicilio electrónico en el cual serán consideradas válidas todas las notificaciones otorgadas y, para la renovación de las habilitaciones, no deberán contar con infracciones de tránsito. Además, deberán contar con elementos como el casco reglamentario, indumentaria con bandas refractarias y mochilas con el número de identificación claramente visibles.

La habilitación será otorgada a título personal e intransferible, tendrá una duración de un año para los Prestadores del Servicio y Operadores de Plataforma digital de oferta y demanda pero será de dos años para los repartidores y/o mensajeros. Queda prohibido el transporte de acompañantes cuando se encuentre desarrollando el trabajo de mensajería.

Municipio amigable para las personas con celiaquía

Por otro lado, se aprobó el proyecto de declarar a la ciudad como “Municipio amigable para las personas con celiaquía». Al respecto, Romina Marascio, vicepresidenta del Concejo Deliberante de Juntos, expresó: “Es un proyecto presentado por el Frente de Todos, pero tenemos que tener en cuenta que es algo necesario para la comunidad platense el tener su espacio en la ciudad, el ser cuidados y respetados en cada empresa, comercio y lugares donde debe haber cualquier tipo de producto para la persona celíaca”.

Cabe aclarar, como dato a tener en cuenta, que la enfermedad de la celiaquía es una intolerancia permanente al gluten, una proteína que se encuentra en el trigo, avena, cebada y centeno, que afecta al intestino delgado de las personas con predisposición genética. Por esa razón, deben buscarse otros productos que no contengan esto antes mencionado, para que los ciudadanos puedan utilizar en su vida diaria.

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